El Frente Gremial Docente Bonaerense exigió nuevamente
que quede sin efecto el Proyecto de Ley referente a los Códigos de Descuento,
que es inconstitucional y en la práctica afecta el salario de los trabajadores
y pretende desfinanciar a las entidades sindicales.
Durante una reunión celebrada esta mañana con
autoridades del Ministerio de Trabajo bonaerense, el conjunto de los gremios
que nuclean a los trabajadores de la Provincia reclamó por una urgente reunión con el
gobernador Daniel Scioli, para reiterarle su rechazo al Proyecto de Ley.
Desde el FGDB sostenemos que no se puede debatir ni
generar consensos con una Ley que pretende perjudicar a los trabajadores y a
quienes defienden sus derechos.
Si la intención de las autoridades bonaerenses es
avanzar sobre los derechos de los trabajadores y perjudicar a las entidades
gremiales, vamos a definir un plan de acción que impida que este proyecto se
convierta en Ley.
Para tener en cuenta sobre el mencionado Proyecto de
Ley:
·
Se encuentra
pronto a tratarse en la Cámara
de Senadores de la Provincia
·
Su nombre es
“Proyecto de Ley estableciendo régimen de deducción de haberes para el
cumplimiento de obligaciones de dar sumas de dinero del personal de la
administración pública, municipalidades y a jubilados y pensionados”
·
Su intención es
crear un organismo de control sobre retenciones salariales, conformado sólo por
la patronal (dependerá de Jefatura de Gabinete), con lo cual, cualquier control
válido y necesario desde los trabajadores a través de sus organizaciones
sindicales, queda absolutamente descartado.
·
Este organismo
fijará los requisitos para el ingreso al sistema y tendrá la facultad de sacar
del mismo a las entidades que entienda adecuado.
·
El porcentaje
afectado para la retención a los empleados estatales pasará del 20% al 30%.
·
El Proyecto
establece en su artículo 6º un solo código de descuento, lo cual inviabiliza el
actual desarrollo de las entidades gremiales que, en su accionar normal, tienen
muchos más servicios que brindan a sus afiliados.
·
No regula
adecuadamente las calidades o condiciones de las empresas que serán prestadoras
de los servicios y/o proveedoras de bienes y que los trabajadores puedan usar en
su beneficio.
·
Si bien se
estipula el margen de interés que pueda ser percibido, no hay control sobre
otras condiciones contractuales (gastos administrativos).
·
Se mezcla a los
sindicatos (prestadores de servicios sin espíritu de lucro) con empresas destinadas
a lucrar con los servicios.
- Obliga al trabajador a desafiliarse a las entidades gremiales, en la medida que sus obligaciones con éstas supere los límites impuestos a las retenciones.
FRENTE GREMIAL DOCENTE BONAERENSE
AMET – FEB – SADOP – SUTEBA – UDA
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